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1 de Febrero, 2010
RESOLUCIÓN de 25 de enero de 2010, de la Dirección General de Tributos, por la que se publica la fecha a partir de la cual dejarán de suministrarse los cartones físicos de bingo.
La Orden HAC/165/2009, de 28 de enero, por la que se aprueban los modelos de solicitud y de autoliquidación de la tasa fiscal sobre el Juego del Bingo y se dictan normas para la exacción del impuesto, dispone en la disposición transitoria que hasta el día, determinado por la Consejería de Interior y Justicia, en que se puedan poner a la venta en las Salas de Bingo, los cartones por ellas emitidos, y hasta que se agoten las existencias de los cartones de bingo expedidos por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre de que disponen los Servicio Territoriales de Economía y Hacienda, la adquisiciones de cartones del bingo ordinario y el pago de la tasa fiscal se efectuará a través del Modelo 043 aprobado por la Orden HAC/1735/2005, de 22 de diciembre. Esta disposición transitoria establece, en el apartado 2, que la Dirección General de Tributos publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León» la fecha a partir de la cual dejarán de suministrarse los cartones físicos.
Teniendo en cuenta que la Orden IYJ/2348/2009, de 22 de diciembre, por la que se publica la fecha a partir de la cual podrán ser puestos a la venta en las Salas de Bingo de la Comunidad de Castilla y León los cartones de bingo de la serie BTF, publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» del día 11 de enero de 2010, establece que a partir del día 15 de enero de 2010 podrá ser puestos a la venta en las Salas de Bingo de la Comunidad de Castilla y León los cartones de bingo de la serie BTF (Bingo tradicional en soporte papel).
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